Galicia aprueba una nueva ordenación para los hoteles y albergues turísticos

El próximo verano entrará en vigor la nueva ordenación de los establecimientos hoteleros y los albergues turísticos aprobada el pasado viernes por el Consello Galego de Turismo.
La modificación de la regulación -que no afecta al sistema de estrellas, de aceptación internacional- introduce un sistema de calificaciones novedoso. Éste permite, por una parte, tener en cuenta las infraestructuras y el cumplimiento de unos mínimos obligatorios para todos los establecimientos de la misma categoría, y por otra parte, los servicios prestados por los establecimientos de forma voluntaria.
Este nuevo sistema de clasificación valora la percepción de la calidad que tienen los consumidores y usuarios, algo que es nuevo. También introduce parámetros de calidad del servicio en la categorización de los establecimientos, más allá de los puramente métricos o cuantitativos. En este sentido, se introducen criterios de servicios de cariz prestacional, de confortabilidad, mobiliario y equipamiento de las habitaciones, acceso a los servicios complementarios, servicios de restauración, servicios de telecomunicaciones, entre otros.
Asimismo, se introducen elementos de flexibilidad en la rigidez métrica de las superficies exigidas con la finalidad de facilitar la rehabilitación de edificios, la conservación del patrimonio histórico y artístico. Desde la Xunta de Galicia se señala que con este nuevo decreto también se está armonizando la normativa con otras CC.AA., en especial las del entorno, y con la legislación europea.
Modalidades de alojamiento
El decreto da luz verde a una nueva clasificación de los hoteles en las siguientes modalidades: hoteles, hoteles apartamentos, hoteles balneario, hoteles talaso y moteles.
Así, la nueva categoría de hoteles balnearios corresponderá a la aquellos establecimientos que, reuniendo los requisitos exigidos a los hoteles, cuenten además con instalaciones balnearias. La categoría hotel talaso quedará reservada a los establecimientos hoteleros que contengan instalaciones y unidades de tratamiento con agua del mar natural como elemento diferenciador de su oferta.
El Consello Galego de Turismo también ha acordado una nueva regulación para los albergues turísticos, que introduce como principal novedad su clasificación en dos categorías: albergue turístico de primera y de segunda categoría, sustituyendo la actual clasificación por estrellas de una, dos y tres estrellas.
Otras de las novedades es el reconocimiento de una categoría especial para los albergues de peregrinos del Camino de Santiago, caracterizados por estar situados en un área de 3 km en torno al Camino de Santiago, gestionados por entidades sin ánimo de lucro y por reunir elementos esenciales en el desarrollo de su actividad de función hospitalaria al peregrino.
Los albergues turísticos seguirán un régimen especial, según el cual la jornada se iniciará a las 13:00 horas del primer día del período contratado y finalizará a las 10:00 horas del día señalado como fecha de salida, adaptándose así a las jornadas de los peregrinos.
Leído en El Economista
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